NAVARRA: Ayudas al alquiler de personas con bajos ingresos

Conozca las ventajas fiscales del programa DaVid.

NAVARRA: Ayudas al alquiler de personas con bajos ingresos

¿Qué es DaVid? Es una propuesta del Gobierno de Navarra para ayudar a personas y familias con bajos ingresos que no logran acceder a una vivienda protegida en alquiler.

¿En qué consiste la ayuda? En una deducción de la cuota diferencial del IRPF que se abona cada mes de forma anticipada. Su importe es el 50% del alquiler mensual, con un máximo de 340, 280 o 220 euros mensuales en función de los ingresos familiares ponderados de los solicitantes.

¿Cuáles son los requisitos de ingresos? Tener unos ingresos mínimos de 3.000 euros, e ingresos máximos ponderados inferiores a 1,7 veces SARA, según la última declaración de renta presentada con plazo ordinario de presentación cerrado.

Por si no lo conoce, SARA o Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada, es el nuevo indicador propuesto para sustituir al IPREM. Su valor, para los ingresos obtenidos en 2023, es 9.897,61 euros.

¿Cuál es el importe máximo de alquiler? La renta mensual no puede superar 700 euros.

¿Es obligatorio estar inscrito en el Censo de solicitantes de vivienda protegida?

Sí, si no se está residiendo en una vivienda protegida con contrato de alquiler visado administrativamente. En ese caso, hay que estar inscrito en el Censo de solicitantes de vivienda protegida en la modalidad de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra antes del 1-1-2024.

¿Cuándo no es obligatorio estar inscrito en el Censo de solicitantes de vivienda protegida?

Cuando se está residiendo en una vivienda protegida con contrato de alquiler visado administrativamente con anterioridad al 1-1-2024.

¿Cómo se solicita DaVid? De forma telemática en navarra.es, o bien presencialmente en las oficinas de Pamplona-Iruña, Tudela, Doneztebe-Santesteban, Sangúesa-Zangoza y Aoiz-Agoiz de NASUVINSA, previa cita en el teléfono 948 012 012. 

¿Cuándo se paga la ayuda? Mensualmente, a mes vencido, previa justificación del pago de la renta de cada mes.

¿Por cuánto tiempo se concede la ayuda? Se concede para un año, pero puede pedirse su renovación sin límite temporal.

¿Existe alguna restricción para acceder a la ayuda? No se tiene derecho a la deducción si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser titular de vivienda o haber transmitido una en los últimos 5 años cuando la transmisión haya generado ingresos superiores a 60.000 euros.
  • Ser pariente del arrendador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Haber declarado como ingresos de la parte especial del ahorro una cantidad superior a 5.000 euros.
  • Tener bienes y derechos por valor superior a 90.000 euros.
  • Ser subarrendador o subarrendatario de la vivienda.
  • Existir otra persona beneficiaria de DAVID en la misma vivienda.

¿Es incompatible esta ayuda con alguna otra deducción por alquiler? Sí, es incompatible con la deducción general por alquiler y con la prevista para la emancipación de los jóvenes.

¿Qué especialidades hay para los beneficiarios del programa VAIS (Vivienda de Integración Social)?

  • El importe de la deducción es del 60%, con un máximo de 360 euros mensuales.          
  • El plazo máximo de la deducción es de 2 años consecutivos.
  • La persona solicitante debe estar acreditada como beneficiaria del programa antes del 1 de enero del año en curso.
Nuestros profesionales le informarán sobre todos los detalles de esta deducción.